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El Gobierno limita subsidios al gas en todo el país
En la antesala del invierno, el Gobierno activó una reforma de alto impacto sobre el esquema de subsidios al gas. La iniciativa, enviada a la Cámara de Diputados, apunta a recortar el alcance del régimen de Zona Fría que había sido ampliado en 2022 y a redefinir quiénes podrán acceder a tarifas diferenciales en todo el país.
El proyecto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Manuel Adorni, y propone una reconfiguración profunda del sistema vigente. La medida busca reducir el universo de beneficiarios, especialmente en zonas incorporadas en los últimos años, y establece nuevas condiciones para mantener el subsidio.
Uno de los ejes centrales del texto es la eliminación del beneficio universal del 50% en el precio del gas para los usuarios que fueron sumados por la Ley 27.637. En su lugar, se crea una bonificación adicional limitada únicamente a los hogares que estén registrados en el esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Esto implica que quienes no cumplan con los requisitos de ingresos quedarán directamente fuera del esquema de ayuda.
El criterio económico se vuelve determinante. Solo podrán acceder al subsidio quienes no superen el umbral de tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo. Según datos recientes del INDEC, ese límite supera los 4,3 millones de pesos mensuales, considerando que una canasta ronda los $1.434.463. En la práctica, esto redefine el acceso al beneficio y deja afuera a una porción significativa de usuarios.
El impacto territorial también es amplio. La medida alcanza a 55 departamentos de Buenos Aires, además de zonas en Catamarca, Córdoba, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Salta, San Juan, San Luis, Santa Fe y Tucumán. En todos esos casos, el subsidio quedará restringido a quienes cumplan con el criterio socioeconómico definido.
En contraste, las regiones históricamente incluidas en el régimen (la Patagonia, Malargüe y la Puna) conservarán la bonificación del 50% sin condicionamientos de ingresos para usuarios residenciales y del Servicio General P. En paralelo, el proyecto elimina varios artículos clave de la ley vigente que sostenían la expansión territorial del beneficio.
El argumento oficial para avanzar con la reforma se apoya en la falta de financiamiento del sistema. El texto advierte que la alícuota actual del 7,5% aplicada al precio del gas no alcanza para sostener el Fondo Fiduciario que financia los subsidios. Esto derivó en atrasos en los pagos a distribuidoras y subdistribuidoras, afectando la cadena de cobros de los productores. “En 2021, con tarifas que no reflejaban costos reales, bastaba con una alícuota del 5,3% para cubrir el esquema”, señala el mensaje enviado al Congreso.
Además, se introduce un cambio en la dinámica de pagos. A partir de esta reforma, las compensaciones dejarán de canalizarse a través de distribuidoras y pasarán directamente a los productores de gas. Estos, a su vez, asumirán el rol de agentes de percepción del recargo del 7,5%, con obligación de declarar e ingresar los fondos ante la ARCA.
El proyecto fija la vigencia del régimen hasta el 31 de diciembre de 2031 y establece excepciones al recargo, como los consumos destinados a exportación de gas o el uso de gas natural licuado importado y regasificado, que quedarán fuera de esa carga.
Más allá del segmento gasífero, el texto incorpora definiciones sobre el sistema eléctrico. El Estado calculará las diferencias de ingresos no percibidos por distribuidoras y transportistas durante los años de congelamiento tarifario, y esos montos se utilizarán para cancelar deudas con CAMMESA, siempre que las empresas desistan de reclamos judiciales o administrativos. Estas compensaciones estarán exentas del impuesto a las Ganancias.
Para las distribuidoras provinciales y municipales, la iniciativa aclara que la Nación no asumirá compromisos financieros adicionales. En esos casos, serán los gobiernos locales los que deberán definir cómo cubrir eventuales desequilibrios.
En paralelo, se extiende hasta 2045 la exención impositiva para energías renovables contemplada en la Ley 27.191, y se habilita la cesión excepcional de contratos de abastecimiento del sector público en casos donde esté en juego la finalización de inversiones.
El capítulo hidrocarburífero también introduce cambios relevantes. Se deroga el Decreto 277/2022, que había establecido mecanismos de acceso a divisas para incentivar la producción incremental, y también el Decreto 929/2013 junto con artículos de la Ley 27.007 que garantizaban condiciones especiales para exportaciones. Los proyectos ya aprobados mantendrán sus beneficios hasta que se cumplan las condiciones de finalización previstas.
En el plano político, el escenario legislativo aparece complejo. La aprobación del proyecto requerirá acuerdos con bloques opositores, entre ellos la UCR, cuyo referente es el gobernador mendocino Alfredo Cornejo, una provincia que perdería parte del beneficio vigente si prospera la iniciativa.

